Ninguna sociedad prospera sin instituciones que aseguren a cada uno lo que le corresponde. La Academia instituyó esta Orden para reconocer a quienes sirven al Derecho con independencia, saber jurídico y rectitud: en la magistratura, en el Ministerio Público, en la abogacía, en la defensa pública y en la doctrina.
Su refrendo lo firma el Presidente de la Academia, con el dictamen del Consejo de la Orden, y queda consignado en sumilla oficial en el Almanaque Honorífico.
Los grados son comunes a todas las Soberanas Órdenes y determinan las insignias, la precedencia ceremonial y las prerrogativas del galardonado. El último de ellos distingue a instituciones, no a personas.
Grado máximo. Jefes de Estado, personalidades de proyección internacional y trayectorias de excepcional relieve.
Contribución extraordinaria y continuada a la causa de la Orden.
Trayectoria consolidada y reconocida por pares e instituciones.
Servicios relevantes prestados a la sociedad y al ámbito de actuación de la Orden.
Grado de ingreso en la Orden, conferido por mérito comprobado.
Conferida a instituciones cuya actuación honra los valores de la Orden, para ser fijada a su bandera o estandarte.
Según el grado, el galardonado recibe banda, placa de pecho, encomienda o medalla, acompañadas de un diploma en pergamino y del escudo de armas de la Orden. A las instituciones se les confiere la corbata de bandera.
Símbolo heráldico de la Orden, acuñado en serie numerada.
Cruz o medallón en metal noble, esmaltado a mano.
Cinta de gro en los colores de la Orden: banda terciada en la Gran Cruz, lazo cruzado en la bandera.
Pergamino caligrafiado, sello de lacre y código QR de autenticidad.
Estrella de pecho para trajes de gala, propia de la Gran Cruz y del Gran Oficial.
La nominación de un candidato a la investidura es prerrogativa del Presidente, del Consejo de la Orden o de instituciones asociadas formalmente reconocidas. Todo expediente se examina en sesión deliberativa antes de recibir el refrendo.
Iniciar nominaciónPresentada por autoridad competente, con expediente biográfico.
A cargo de la Secretaría General, con dictámenes técnicos y, cuando corresponda, diplomáticos.
En sesión cerrada del Consejo de la Orden.
Por el Presidente de la Academia, mediante decreto institucional.
Esta Orden aún no tiene galardonados publicados en el Almanaque Honorífico. Cada investidura quedará consignada en sumilla oficial y se hará pública tras el refrendo.
Nominar candidatoLas investiduras se celebran en sesión solemne de la Academia: el Gran Maestre impone las insignias al galardonado, y la lectura de la sumilla oficial consigna públicamente el honor ante cofrades, autoridades e invitados.
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